Daily Archives: 16/06/2018

URGENTE SOLICITUD COBRO VERANOS Y ANTIGÜEDAD 2012/2015.

SOLICITUD COBRO VERANOS Y ANTIGÜEDAD 2012/2015.

SEGÚN NUESTROS SERVICIOS JURÍDICOS, LOS MISMOS QUE HAN GANADO ESTA IMPORTANTE SENTENCIA, TODOS LOS QUE HUBIERAIS TRABAJADO 5,5 meses en los años 2012/2013/2014 y 2015 en Murcia podéis solicitar el cobro de esos veranos y el reconocimiento de la experiencia .

El martes salen las listas con la experiencia para las oposiciones de 2018, por eso
desde AIDMUR y UGT hemos trabajado contrarreloj para que los mismos servicios jurídicos que han ganado la sentencia en el supremo  nos preparen la documentación necesaria para que se os reconozca la experiencia de los veranos desde 2012 .
Deberéis rellenar esta instancia, adjuntar los nombramientos y los ceses de los años que reclaméis y presentarlos urgentemente en registro.
En concreto:
-Cada interino debe imprimirse sus ceses (Educarm/Documentos/F4R) y nombramientos de esos años y adjuntarlos ordenados a la reclamación.
-Cada interino debe buscar sus nóminas de Julio y Agosto de un año anterior para introducir, en el Hecho Tercero, las cantidades y sumarlas. En el mes de julio la diferencia entre lo percibido y lo que se debía percibir y en el de Agosto la cantidad . En la última hoja también deberán añadir, el total de la cantidad global, en la línea de puntos. Si no habéis cobrado el año anterior podéis usar la referencia bruta de otro mes del mismo año , en Agosto hay que incluir el sueldo de un mes + ( 1/6 sueldo mes + (nuemero de días no cobrados en julio)xSueldo de un mes/180.

Ampliacion para calcular las cantidades, más segura  :

Te vas al año a reclamar , descargas la nómina de julio , te aparece una cantidad bruta y un total de días , divides esas cantidades y te da lo que te tienen que pagar por día . Esa cantidad la multiplicas por los días que te faltan en julio y lo ponéis en la cantidad debida de Julio , como agosto eran 31 días tienes que multiplicar la cantidad de días por lo debido por día.
Si ponéis en agosto o en julio un mes normal os sale menos porque hay que prorratear la parte de la extra . 

Desde este enlace os podéis descargar los documentos que hemos elaborado .

Este documento es el que tenéis que imprimir y rellenar para los cursos completos (vacantes de plantilla) desde 2012 a 2015 ambos inclusive . (Texto modificado) revision-de-oficio-curso-completo (1)

Este es el documento que tenéis que rellenar para los años en los que habéis trabajado más de 5,5 meses desde 2012 a 2015 ambos inclusive . En el tenéis que poner los nombramientos y ceses de julio, los que correspondían a las vacaciones que donde figuraban los 2,5 días por año trabajado y que deben ser hasta finales de Agosto  (Texto modificado) revision-de-oficio-5.5-meses
Recordad que el único día que la consejería está abierta  por la tarde es el lunes . 

Importante ampliación. Escritos de subsanación , hemos introducido algunas modificaciones en los escritos iniciales. Quienes ya entregaran los escritos iniciales deben registrar estos escritos de subsanación. En principio no debe afectar al proceso, pero por seguridad nuestro abogado nos recomienda hacerlo 

subsanacion curso completo :quienes tuvieron UN SOLO NOMBRAMIENTO de septiembre a junio, deben impugnar el nombramiento inicial y el cese de junio (como aparecía en nuestro escrito inicial) PERO TAMBIÉN los nombramientos y ceses de julio y, además, el nombramiento modificativo que les entregaron a mediados de 2012 para anticipar su cese al 30 de junio, pese a que el originario lo extendía hasta el 31 de agosto. 

subsanacion 5.5 meses En este documento no impugnamos disposiciones nuevas (partiendo de la premisa de que sólo han impugnado nombramiento y cese de julio, que son los que deben impugnar) y solamente aclaramos el texto del escrito inicial, porque había alusiones al 30 de junio que podían resultar confusas

Desde AIDMUR y UGT creemos firmemente en la transparencia y ser útiles al colectivo docente interino es nuestra voluntad , por lo que , dada la urgencia de la situación, hacemos públicos los documentos para que estén a disposición de TODOS los interinos .

 

AIDMUR consigue que el Tribunal Supremo declare ilegal el despido de interinos en verano.

sentencia profesores interinos
Murcia 14 de Junio 2018

La sentencia del TS, que resuelve el recurso de casación presentado en solitario por AIDMUR contra una sentencia del TSJ de la Región de
Murcia, condena taxativamente los actos de 3 consejeros de educación yde sus Directores Generales de RRHH. De esta forma, Constantino
Sotoca, Pedro Antonio Sánchez, Maribel Sánchez Mora, así como Joaquín Buendía y Enrique Ujaldón, reciben un durísimo varapalo por ser los
máximos y principales responsables de la la política de acoso y derribo contra los docentes interinos de la Región. Una política de recortes y mentiras que supuso una flagrante discriminación de losdocentes interinos. La Justicia así lo ha evidenciado al darnos la razón de forma nítida e incontestable.

La sentencia, que puede tener efecto en todo el país, afectando a miles de docentes, deroga el acuerdo de consejo de gobierno de la CARM por el que se eliminaba el apartado retributivo del acuerdo de interinos, donde se reconocía el pago del verano a todos los interinos con 5,5 meses trabajados, que por tanto sigue en pie.

Nuestro abogado, Jose Mateos,al que agradecemos su profesionalidad, compromiso y buen hacer, nos hace un pequeño análisis de la sentencia por la que hoy el TS nos da la razón como únicos demandantes ante el máximo tribunal:

El Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del Acuerdo del Consejo de Gobierno autonómico que imponía el cese de los interinos con fecha 30
de junio. La razón es clara: el articulo 14 de la Constitución prohíbe la discriminación entre personas que se encuentran en idéntica
situación, y los interinos eran discriminados respecto de los funcionarios de carrera. Al igual que ellos, trabajaban durante todo el curso, pero no cobraban julio y agosto, no existiendo razón lógica para esta diferencia de trato. La sentencia también resalta el fraude que implica cesar a un funcionario en junio para volver a nombrarle en
septiembre y ahorrarse sus vacaciones, siendo una práctica prohibida por el Derecho Laboral que, por tanto, no puede permitirse en el ámbito administrativo.

Eso sí, la sentencia deja fuera de esta protección a los interinos que no son nombrados para todo (o prácticamente todo) el curso, pues entiende que, en esos casos, el interino hace frente a necesidades ocasionales y limitadas que no justifican una equiparación respecto del funcionario de carrera. Pero, como sabéis, la gran mayoría de interinos trabajamos durante todo el curso. Aunque al anular el acuerdo de consejo de gobierno entendemos que la norma que derogaba ,el acuerdo de interinos y los 5,5 meses , es lo que sigue en pie en Murcia .

La consecuencia lógica de esta sentencia es que la CARM abone las retribuciones de julio y agosto de los años 2012 a 2016, prolongando igualmente los nombramientos para esos meses. Hasta hoy, existía una norma que le amparaba para no hacerlo, pero esa norma ha sido anulada
por el Tribunal Supremo. Esperemos que no nos obligue a acudir a la vía judicial para lograrlo.

No obstante, desde AIDMUR reiteramos nuestra voluntad de diálogo y acuerdo con esta consejería, y exigimos que la actual consejera, Adela Martínez Cachá, convoque a nuestra junta directiva para comenzar a negociar la ejecución inmediata de una sentencia histórica, cuyos efectos van desde lo económico, pasando por la composición de listas y afectando a cotizaciones y prestaciones de la Seguridad Social. Dicha reunión debe ser, dada la trascendencia de esta sentencia, la máxima prioridad de la actual consejera.

Desde aquí puedes descargarte la sentencia sentencia profesores interinos